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Resumen del procedimiento

DESCRIPCIÓN

Cabe interponer recurso potestativo de reposición frente a las resoluciones que ponen fin a la vía administrativa, con carácter previo a la interposición del recurso contencioso – administrativo, o, en su caso, de la reclamación económico - administrativa.

FORMA DE INICIO

Interesados

INTERESADOS

Personas físicas o jurídicas destinatarias de la resolución que pone fin a la vía administrativa.

MEDIOS DE PRESENTACIÓN
  • En el registro electrónico del Consorcio de la Zona Especial Canaria o en el de cualquier otra Administración, Entidad u Organismo perteneciente al sector público.
  • En las oficinas de Correos
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  • En la sede electrónica del Consorcio de la Zona Especial Canaria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN

1 mes desde de la notificación de la resolución que se impugna

DOCUMENTACIÓN
  1. Recurso de reposición
  2. En su caso, documentación que apoye las pretensiones en el recurso
TASAS / MODALIDAD DE PAGO

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UNIDAD TRAMITADORA 

Servicios Jurídicos

ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Órgano que dictó la resolución o acto que se impugna (Presidencia / Consejo Rector)

PLAZO DE RESOLUCIÓN

1 mes desde la presentación del recurso de reposición

EFECTOS DEL SILENCIO

Desestimatoria

TRAMITES RELACIONADOS

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NORMATIVA
  • Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (BOE, 07/07/1994).
  • Real Decreto 1758/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en las materias referentes a los incentivos fiscales en la imposición indirecta, la reserva para inversiones en Canarias y la Zona Especial Canaria (BOE, 16/01/2008).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2/10/2015).
  • Instrucción de 29 de abril de 2008, de Organización, Gestión y Procedimiento del Registro Oficial de Entidades de la Zona Especial Canaria (Anuncio de 29 de abril de 2008, publicado en el B.O.C. núm. 172, de 28 de agosto de 2008).
PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 

Se le informa que el responsable del tratamiento es el Consorcio de la Zona Especial Canaria (ZEC). Sus datos personales serán tratados con la finalidad de la prestación íntegra de servicios de información y/o asesoramiento a todo tipo de entidades y personas públicas y privadas en torno a las actividades y servicios desarrollados por el responsable en el ámbito de sus competencias, lo que incluye de forma específica, entre otras, la llevanza de un registro de entrada y salida de documentación o asuntos, ya tengan carácter interno o externo; la gestión de las solicitudes de autorización de las entidades que pretendan acogerse a la ZEC; la llevanza del registro público-administrativo de entidades ZEC; la prestación de servicios de certificación; la gestión íntegra de servicios necesarios para el funcionamiento de la ZEC; la gestión de tasas. La base legítima del tratamiento es, con carácter principal, el ejercicio de poderes públicos conferidos conforme la normativa aplicable en esta materia. En atención a los fines descritos sus datos personales podrán ser comunicados a terceros, fundamentalmente, en base a una obligación legal. Asimismo, no están previstas transferencias internacionales de sus datos personales. Por último, se pone en su conocimiento que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, así como otros derechos, como se explica en la información adicional, esto es, la política de privacidad de la Sede Electrónica.

Del mismo modo, se informa que, de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en lo que sigue “LOPDGDD”) el tratamiento de los datos de contacto y en su caso, los relativos a la función o puesto que desempeña una persona física en una persona jurídica siempre que el tratamiento se refiera únicamente a los datos necesarios para su localización profesional, y que la finalidad del tratamiento sea únicamente mantener relaciones de cualquier índole con la persona jurídica en la que el afectado preste sus servicios, se entenderá legitimado en la medida en la que, ello se derive de una obligación legal, o sea necesario para el ejercicio de las competencias que tiene asignadas la ZEC.

Acceder al procedimiento en línea

Inicia sesión a través del DNI-e, certificado digital o con cl@ve.

Rellenar el formulario

Rellena los datos solicitados, adjunta la documentación requerida para el procedimiento y envía la solicitud.

Comprobar el estado del expediente

Puedes comprobar el estado y las notificaciones del expediente de tu solicitud en "Área privada".

Validación de certificados y firma

Validación de certificados y firma

Consulta de Unidades y Oficinas en DIR3

Consulta de Unidades y Oficinas en DIR3

Oficinas de Registro Cl@ve

Información sobre las Oficinas de Registro Cl@ve

  1. Elija el procedimiento a partir del menú superior, o del que aparece en el pie.
  2. Autenticarse tras pulsar sobre el botón ACCEDA que le conduce al acceso por Cl@ve.
  3. Tras autenticarse por alguno de los métodos de Cl@ve se le dará acceso a un formulario.
  4. Cumplimentar el formulario correspondiente.
  5. La aplicación les informará por correo electrónico del inicio de su procedimiento tras acabar el trámite.
  6. Tras acabar el trámite, la aplicación les puede proporcionar un justificante de registro y una copia (auténtica) de solicitud con un CSV (Código Seguro de Verificación).
  7. Posteriormente en el menú Mis expedientes podrá recuperar su solicitud, las comunicaciones, Requerimientos o Resolución, etc.

El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.

Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web de la Zona Especial Canaria que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.

 Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide

En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".

Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.

Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.

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